img
Unidades u órganos internosFacultades, funciones y atribuciones
Consejo NacionalEl Consejo Nacional es la autoridad máxima del partido. Se reunirá ordinariamente a lo menos dos veces en el año, en fechas fijadas con anterioridad a comienzos de cada año y en forma extraordinaria cuando lo convoque el presidente del partido o cuando así se lo soliciten al presidente al menos la mitad de sus miembros en ejercicio. Sus atribuciones son: a) Elegir a los miembros del Tribunal Supremo, b) Elegir a los miembros de la Comisión de Ética, c) Elegir a la Comisión de Gobierno, d) Impartir orientaciones al presidente y tomar acuerdos sobre cualquier aspecto de la marcha del partido, e) Aprobar, observar o rechazar el balance, f) Proponer a los afiliados modificaciones a la declaración de principios y a los estatutos, la disolución del partido, la fusión con otro u otros, la celebración de pactos con otros partidos o su retiro de ellos en elecciones parlamentarias, g) Proponer a los afiliados a la persona del candidato a la presidencia de la República proclamándola oportunamente como tal, h) Nominar a los candidatos a Senadores y a Diputados, y resolver el apoyo a candidaturas independientes, a proposición de los Consejos Regionales, i) Requerir al presidente del partido que convoque a los afiliados a pronunciarse de acuerdo con el artículo veintinueve de la Ley número dieciocho mil seiscientos tres, j) Elegir a la Comisión Revisora de Cuentas, k) Además todas las funciones que se establezcan en este estatuto y los reglamentos internos del partido. El Consejo Nacional estará integrado por los parlamentarios del Partido y por un mínimo de seiscientos (600) y un máximo de seiscientos cincuenta (650) miembros de acuerdo al nivel de participación de los afiliados en las elecciones internas del partido, electos de acuerdo a la ley, en la forma descrita por el reglamento de elecciones.
Directiva NacionalLa Directiva Nacional es la autoridad máxima del partido en receso del Consejo Nacional. Le corresponderá dirigir y ejecutar la política y estrategia del partido de conformidad a los acuerdos y lineamientos aprobados por el Consejo Nacional, cumplir y hacer que se cumplan dichos acuerdos y, en general, coordinar y dirigir la labor del partido en todos sus ámbitos. En cumplimiento de sus funciones podrá especialmente:a) dirigir al partido en conformidad con sus estatutos, su programa y sus lineamientos impartidos por el Consejo Nacional: b) administrar los bienes del partido rindiendo cuenta anual al Consejo Nacional: c) someter a la aprobación del Consejo Nacional el programa y los reglamentos internos del partido. La Directiva naciional no podrá en ningún caso ejercer las funciones y/o atribuciones privativas del Consejo Nacional. La Directiva Nacional estará integrada por ciento treinta y siete (137) miembros elegidos de conformidad a la ley y estará presidida por el presidente del partido, durará dos años en sus funciones y se reunirá a lo menos cada sesenta días.
Comisión PolíticaLa Comisión Política, organismo de decisión cotidiana delegado por la Directiva Nacional, tendrá un reglamento interno que establecerá las normas y procedimientos de convocatoria y funcionamiento. La Comisión Política durará dos años y estará integrada por los miembros de la Mesa Directiva, el jefe de Bancada de Senadores, el jefe y subjefe de Bancada de Diputados, el presidente de la Bancada de Alcaldes, el presidente de la Bancada de Concejales, y el presidente de la Bancada de Consejeros Regionales, cuando éstos sean electos directamente por la ciudadanía. La Directiva Nacional elegirá, además, a doce (12) de sus miembros para integrar la Comisión Política. Esta elección se realizará de acuerdo al procedimiento descrito en el reglamento de elecciones en su articulo 70°.
Tribunal SupremoEl Tribunal Supremo es el órgano jurisdiccional superior del Partido Por la Democracia y sus funciones serán a) Interpretar los estatutos, reglamentos y declaración de principios del partido b) Conocer y resolver las cuestiones de competencia que se susciten entre autoridades u organismos del partido c) Conocer de las reclamaciones que se entablen contra actos de autoridades u organismos del partido que sean estimados violatorios de los estatutos, reglamentos y declaración de principios y adoptar las medidas necesarias para corregirlos y enmendar sus resultados d) Conocer y juzgar de oficio o a petición de parte, la conducta partidaria de los afiliados y aplicar las medidas disciplinarias por acciones u omisiones que constituyan incumplimiento de sus obligaciones y deberes partidarios, con infracción de estos estatutos, reglamentos partidarios, declaración de principios, línea política, acuerdos de los órganos regulares del partido, o cuando por actos de indisciplina se comprometa el prestigio o los intereses del partido. Conocer de las denuncias que se formulen contra los afiliados, sean o no autoridades del partido, y aplicar las medidas disciplinarias que los estatutos señalen, contemplando las disposiciones que hagan efectivo un debido proceso e) Controlar el correcto desarrollo de las elecciones y votaciones partidarias y dictar las instrucciones generales o particulares que para tal efecto correspondan. f) Las demás atribuciones que el Consejo Nacional acordare entregarle y que no correspondan a otro organismo partidario de acuerdo a la ley o estatutos y g) Las que dentro de su competencia, establezca el propio Tribunal Supremo mediante autos acordados dictados al efecto. El Tribunal Supremo estará formado por nueve (9) miembros titulares y tres (3) suplentes elegidos por el Consejo Nacional de acuerdo al procedimiento descrito en el reglamento de elecciones.
Mesa DirectivaLa Mesa Directiva Nacional estará integrada por nueve (9) miembros, el (o la) Presidente(a), Secretario(a) General, Tesorero(a) y seis Vicepresidentes(as), del Primero(a) al Sexto(a) en el orden de la votación obtenida. a) el Presidente ejercerá la representación oficial del Partido Por la Democracia y precidirá las sesiones del Consejo Nacional, la Directiva Nacional, la Comisión Política y la Mesa Directiva, dirimiendo en caso de empate las votaciones en estos órganos. b) Los Vicepresidentes, en el orden de precedencia en que hayan sido electos, reemplazaran al presidente en caso de ausencia, impedimento temporal o a simple petición de éste, y cumplirán las funciones específicas que la Directiva Nacional, Comisión Política y Mesa Directiva les encomiende. c) El secretario general actuará como ministro de fé en todos los actos del partido, dentrá a su cargo la custodia de los documentos del partido, coordinará las Secretarías Nacionales y demás órganos ejecutivos que se establezcan, llevará el registro de los afiliadosy el de los adherentes y desempeñará las demás funciones que la ley, los estatutos y los reglamentos internos le señalen. El cargo de secretario general será incompatible con la condición de Parlamentario. d) La tesorera tendrá a su cargo el manejo de los ingresos y egresos del partido y la recaudación de las cuotas que determinará el Consejo Nacional. Será responsable del libro general de ingresos y egresos, además del libro de inventario y de balances, debiendo conservar la documentación que respalde sus anotaciones. e) La Mesa Directiva deberá, al constituirse luego de cada elección, asignar responsabilidades teméticas y de área de trabajo a cada una de las vicepresidencias. Esta asignación de responsabilidad debe incluir al menos el tema de la mujer, teniendo prioridad para esa asignación de responsabilidad la vicepresidenta con mayor votación.
Consejo RegionalSon los máximos órganos resolutivos del Partido en la Región, tendrá las siguientes atribuciones: a) elegir a los candidatos a alcaldes, concejales y consejeros del Gobierno Regional b) elegir a los miembros de los Tribunales de Honor Regionales, c) elaborar el programa para la región, d) proponer al Consejo Nacional precandidatos a Diputados y Senadores de la región, y e) decidir la organización territorial más adecuada a su realidad, pudiendo constituir directivas provinciales o distritales. Cuando exista más de un precandidato a Diputado o Senador, la proposición al Consejo Nacional derivará de un procedimiento de primarias a nivel local, según procedimiento definido en el reglamento de elecciones, y cuyos resultados sólo podrán ser alterados en el orden de precedencia, con aprobación de los dos tercios de los consejeros regionales presentes en la elección. Para la elección de candidatos a alcaldes, concejales y consejeros regionales del Gobierno Regional, el Consejo Regional del partido requerirá la aprobación de dos tercios de los consejeros presentes para modificar el resultado emanado de los procedimientos de consulta ciudadana establecidos para la ocasión. El Consejo Regional elaborará el programa para que Directivas Regionales, Provinciales o Distritales y Comunales en sus respectivos territorios, puedan desarrollar la política y estrategia del partido. Los Consejos Regionales estarán integrados por un número variable, que dependerá de la región, y sus integrantes serán: la directiva regional, las directivas provinciales o distritales, los presidentes comunales, los parlamentarios del Partido, los alcaldes, concejales y consejeros del Gobierno Regional que militen en el PPD y los vocales de la Directiva Nacional que militen en la región.
Directiva RegionalCorresponderá a las Directivas Regionales, Provinciales o Distritales y Comunales en sus respectivos territorios, desarrollar la política y estrategia del partido en conformidad a los acuerdos del Consejo Regional correspondiente, a las resoluciones del Consejo Nacional y conforme a las instrucciones de la Directiva Nacional, Comisión Política y Mesa Directiva del partido. Los organismos funcionales del partido deberán concordar las actividades que desarrollen a nivel territorial con las respectivas Directivas. Cada Directiva Regional tendrá una Mesa Directiva, integrada por el (o la) presidente(a), secretario(a) general, tesorero(a), Cinco vicepresidentes(as) y los demás miembros electos en conformidad a la ley, según el procedimiento descrito por el reglamento de elecciones. La Directiva Regional estará constituida por un número variable de miembros, que dependerá de la región. Estará integrada por los miembros de la Mesa Directiva, por los Presidentes provinciales o distritales correspondientes, por los parlamentarios de la Región, por el Presidente de la Bancada Regional de Alcaldes, el Presidente de la Bancada Regional de Concejales y el Presidente de la Bancada de Consejeros Regionales. En todas las regiones, con excepción de la Metropolitana, formarán también parte de la Directiva Regional los vocales de la Directiva Nacional que militen en la región respectiva. Integrarán la Directiva Regional el (o la) Presidente(a) de la Bancada Sindical del Partido en la Región y un dirigente estudiantil que milite en el Partido, elegido por todos los militantes que ocupen algún cargo de responsabilidad en centros de alumnos y federaciones estudiantiles de la región respectiva.
Mesa Directiva RegionalLa Mesa Directiva Regional es el órgano Ejecutivo en la Región. Deberán desarrollar la política y estrategia del partido, definida por el programa elaborado por el Consejo Regional. Cada Mesa Directiva Regional estará integrada por al menos nueve (9) miembros: el (o la) Presidente(a), Secretario(a) General y Tesorero(a), 5 Vicepresidentes(as) y el Presidente(a) de la Juventud del Partido en la Región. Adicionalmente, se incorporará como Sexto Vicepresidente al (o la) candidato(a) a Presidente Regional que haya arribado en segundo lugar, siempre que haya obtenido más del 25% de los votos. Lo mismo con el (o la) candidato(a) a Presidente Regional que arribe en tercer lugar con más del 25% de los votos, que pasará a ser el (o la) Séptimo(a) Vicepresidente Regional.
Directiva Provincial y/o DistritalLa Directiva Provincial o Distrital estará conformada por un número variable de miembros, dependerá de la provincia o distrito. Estará integrada por la Mesa Directiva de la provincia o distrito, por los presidentes comunales del territorio, los alcaldes y concejales de las comunas que incluye, los consejeros regionales de los Gobiernos Regionales elegidos en representación de ese territorio afiliados al partido, así como los consejeros nacionales afiliados, inscritos en el territorio correspondiente a dicha provincia o distrito. Corresponderá a las Directivas Regionales, Provinciales o Distritales y Comunales en sus respectivos territorios, desarrollar la política y estrategia del partido en conformidad a los acuerdos del Consejo Regional correspondiente, a las resoluciones del Consejo Nacional y conforme a las instrucciones de la Directiva Nacional, Comisión Política y Mesa Directiva del partido. Los organismos funcionales del partido deberán concordar las actividades que desarrollen a nivel territorial con las respectivas Directivas.
Mesa Directiva Provincial y/o distritalLa Mesa Directiva Provincial y/o distrital es el órgano Ejecutivo en la Provincia y/o distrito. Cada Directiva Provincial o Distrital tendrá una Mesa Directiva de la Provincia o Distrito, conformada por presidente(a), secretario(a) general y tesorero(a), elegidos de conformidad a la ley, según procedimiento descrito por el reglamento de elecciones. Mesa Directiva Provincial o Distrital estará integrada por al menos cuatro (4) miembros: por el (o la) Presidente(a), Secretario(a) General y Tesorero(a), Presidente de la Juventud en el territorio y, como Primer Vicepresidente, el candidato que haya arribado en segundo lugar obteniendo más del 25% de los votos y, eventualmente, como Segundo Vicepresidente, el candidato que arribando tercero, también haya superado el 25% de la votación.
Directiva comunalLa Directiva Comunal estará constituida por al menos nueve (9) miembros. Estará integrada por: el (o la) Presidente(a), Secretario(a) General, Tesorero(a) y seis vocales comunales elegidos de acuerdo a la ley, en la forma descrita por el reglamento de elecciones. También integrarán la Directiva Comunal el Alcalde y concejales afiliados al Partido, así como los presidentes de los Consejos de Base que existan en la comuna. Corresponderá a las Directivas Regionales, Provinciales o Distritales y Comunales en sus respectivos territorios, desarrollar la política y estrategia del partido en conformidad a los acuerdos del Consejo Regional correspondiente, a las resoluciones del Consejo Nacional y conforme a las instrucciones de la Directiva Nacional, Comisión Política y Mesa Directiva del partido. Los organismos funcionales del partido deberán concordar las actividades que desarrollen a nivel territorial con las respectivas Directivas.
Mesa Directiva ComunalLa Mesa Directiva Comunal es el órgano Ejecutivo en la comuna. En cada comuna habrá una Mesa Directiva, que estará integrada por nueve (9) miembros: el (o la) presidente(a), secretario(a) general y tesorero(a) y Comunal, seis vocales elegidos directamente por los afiliados del territorio según procedimiento descrito en el reglamento de Elecciones.
Consejos de BaseSu actuación se sujetará a la normativa y línea política del partido, pudiendo desarrollar todas las actividades conducentes a la expansión de éste y de su doctrina, conforme a la declaración de principios. Su organización quedará definida por sus propios reglamentos internos. Cinco (5) o más afiliados del partido podrán constituir un Consejo de Base que podrá tener su origen en una organización de carácter vecinal, laboral o de alguna otra naturaleza que sus miembros estimen conveniente.
Comisión de ÉticaLa Comisión de Ética estará formada por cinco (5) miembros, afiliados al Partido Por la Democracia, elegidos cada uno de ellos por mayoría de dos tercios del Consejo Nacional. El Consejo Nacional designará dos (2) miembros suplentes para la Comisión de Ética. Las funciones de la Comisión de Ética serán: a) Accionar ante el Tribunal Supremo sobre materias de la vida partidaria que a su juicio tengan implicancias éticas b) Recibir y contestar consultas de los órganos del partido relativas a los alcances éticos de decisiones que deban adoptarse c) Realizar estudios para enriquecer el análisis de determinadas materias, desde la perspectiva de los alcances éticos de las mismas d) Hacerse parte, si así lo desea, en cualquier causa que se siga ante cualquier Tribunal del partido e) Las demás atribuciones que le encomiende este estatuto y el Consejo Nacional del partido.

¿Tienes alguna duda respecto a la relación entre nuestros órganos principales (órgano ejecutivo, intermedio colegiado y contralor nacional y regionales)? Contáctanos al 22 671 2320 o a transparencia@ppd.cl.

 

Última actcualización: 28 de abril de 2021

X
These kinds of dazzling details endow the idea with the feeling regarding manipulated energy very much like exactly what a high-powered rushing vehicle enhancing around the beginning grid. Jarno Trulli's personal, also in reddish like a dramatic scuff for the clear amethyst amazingly caseback, also accentuates the particular sports heart and fake rolex soul of the model. The combination with the intensive gray with this Cermet bezel as well as the glistening black with the throw carbon dioxide circumstance middle creates a great stylishly subtle and complicated effect.