Partido Por La Democracia Tribunal Supremo 21 de agosto de 2026
VISTOS Y CONSIDERANDO:
1°. Que, con fecha 21 de agosto de 2026, don Sebastián Alexis Vergara Tapia, en su calidad de Secretario General del Partido Por la Democracia y ministro de fe de la colectividad, de conformidad con el artículo vigésimo segundo de los Estatutos del Partido, puso en conocimiento de este Honorable Tribunal Supremo los antecedentes relativos a la renuncia a la militancia anunciada públicamente por don Cristóbal Ignacio Barra Catalán y doña Bárbara Alexandra Sepúlveda Vera, integrantes de la Mesa Directiva Nacional, solicitando que este Tribunal determine los efectos de dichas renuncias sobre los cargos que ejercen y disponga los reemplazos correspondientes.
2°. Que, en la misma fecha, 21 de agosto de 2026, se difundió públicamente una declaración suscrita por los antes nombrados, dirigida a la militancia del Partido Por la Democracia y a la opinión pública nacional, mediante la cual anunciaron su renuncia irrevocable a la colectividad, manifestando además cuestionamientos políticos y orgánicos que no son materia del presente pronunciamiento, por corresponder exclusivamente a afirmaciones de quienes suscribieron dicha declaración.
3°. Que el referido anuncio ha sido recogido por diversos medios de prensa nacional con fecha 21 de agosto de 2026, entre ellos La Tercera, Emol, Radio Universidad de Chile, El Periodista e Insular FM, publicaciones que dan cuenta, de manera seria y concordante, de la presentación de las respectivas renuncias ante el Servicio Electoral.
4°. Que, de acuerdo con la Circular N°9 de la Comisión Nacional Electoral, de fecha 5 de junio de 2026, que contiene los resultados de las Elecciones Generales Internas celebradas el día 31 de mayo de 2026, para las Vicepresidencias Nacionales se presentaron dos listas, "Juntos al Futuro" y "Lista de Todos", resultando electa la totalidad de los seis candidatos de la lista "Juntos al Futuro", entre ellos don Cristóbal Ignacio Barra Catalán, como Segundo Vicepresidente Nacional, y doña Bárbara Alexandra Sepúlveda Vera, como Cuarta Vicepresidenta Nacional.
5°. Que, conforme a la misma Circular N°9, la "Lista de Todos" presentó como candidaturas no electas a las Vicepresidencias Nacionales, en orden decreciente de votación personal, a: doña Patricia Raquel Campos Inostroza, con 91 votos; don Fernando Óscar Bórquez Uribe, con 82 votos; doña Elizabeth Leal Riquelme, con 64 votos; don Almagro Valdivia Pizarro, con 31 votos; y don Juan Carlos Joaquín Gómez Llop, con 14 votos.
6°. Que, mediante Resolución sobre Elecciones Internas de Nivel Nacional de fecha 20 de junio de 2026, este Honorable Tribunal Supremo calificó como válido, legal y ajustado a las normas estatutarias el proceso de Elecciones Generales Internas del 31 de mayo de 2026 y proclamó como candidatos electos, entre otros, a don Cristóbal Ignacio Barra Catalán, en calidad de Segundo Vicepresidente Nacional, y a doña Bárbara Alexandra Sepúlveda Vera, en calidad de Cuarta Vicepresidenta Nacional.
7°. Que, mediante Resolución O-N.º 0247 del Servicio Electoral, de fecha 9 de julio de 2026, notificada al Partido mediante Oficio Ordinario N.º 1296 de esa misma fecha, se ordenó registrar el nuevo Órgano Ejecutivo del Partido Por la Democracia para el período 2026-2028, registrándose expresamente a don Cristóbal Ignacio Barra Catalán como Segundo Vicepresidente Nacional y a doña Bárbara Alexandra Sepúlveda Vera como Cuarta Vicepresidenta Nacional.
8°. Que la declaración pública suscrita por don Cristóbal Ignacio Barra Catalán y doña Bárbara Alexandra Sepúlveda Vera manifiesta de manera inequívoca, libre y pública su voluntad de dejar de pertenecer al Partido Por la Democracia, constituyendo un antecedente serio y suficiente, unido a las publicaciones de prensa individualizadas, para que este Tribunal se pronuncie sobre los efectos orgánicos de dicha renuncia, sin perjuicio de la acreditación registral definitiva que en su oportunidad efectúe el Servicio Electoral.
9°. Que el artículo vigésimo primero de los Estatutos del Partido dispone que los Vicepresidentes serán subrogados entre ellos conforme al orden de precedencia que determine la Mesa Directiva Nacional, y que la pérdida de la calidad de afiliado resulta incompatible con la permanencia en un cargo de dirección o representación interna del Partido; y que el artículo septuagésimo sexto dispone que, en caso de cese en los cargos de Presidente, Secretario General, Tesorero o Vicepresidentes, el reemplazo se sujetará a lo establecido en el citado artículo vigésimo primero.
10°. Que los artículos décimo, décimo primero, décimo segundo y décimo noveno del Reglamento de Elecciones Internas establecen que el sistema electoral interno del Partido se rige por la elección directa de sus autoridades, el principio de una persona un voto, la competencia mediante listas abiertas y la distribución proporcional de los cargos conforme al coeficiente D'Hondt; que la asignación de cargos al interior de cada lista se realiza conforme al orden de votación personal obtenido por sus integrantes; y que, tratándose específicamente de las Vicepresidencias Nacionales, serán elegidas las personas que hayan obtenido las votaciones más altas dentro de cada lista, hasta completar el número de cargos que a ésta corresponda.
11°. Que, no existiendo dentro de la lista "Juntos al Futuro" candidatos no electos disponibles para proveer las vacantes producidas -toda vez que la totalidad de sus seis candidatos a las Vicepresidencias Nacionales resultaron electos-, corresponde llenar dichas vacantes recurriendo a las candidaturas no electas que obtuvieron las mayores votaciones personales dentro de la "Lista de Todos", única otra lista que participó válidamente en la elección de Vicepresidencias Nacionales, en resguardo de los principios de elección directa, proporcionalidad, competencia en listas y respeto a la voluntad expresada por la militancia el 31 de mayo de 2026.
12°. Que, conforme a lo señalado en el considerando 5° precedente, las dos primeras mayorías personales no electas de la "Lista de Todos" corresponden a doña Patricia Raquel Campos Inostroza, con 91 votos, y a don Fernando Óscar Bórquez Uribe, con 82 votos.
Y TENIENDO PRESENTE las facultades y atribuciones conferidas a este Honorable Tribunal Supremo por el artículo quincuagésimo tercero de los Estatutos del Partido Por la Democracia, el Reglamento de Elecciones Internas y demás normativa legal y administrativa vigente, se dicta la presente:
SE RESUELVE:
PRIMERO: TÓMESE CONOCIMIENTO de este Honorable Tribunal Supremo los antecedentes públicos relacionados con la renuncia a la militancia anunciada con fecha 21 de agosto de 2026 por don Cristóbal Ignacio Barra Catalán y doña Bárbara Alexandra Sepúlveda Vera, integrantes de la Mesa Directiva Nacional del Partido.
SEGUNDO: Que la declaración pública suscrita por los nombrados, unida a las publicaciones de prensa individualizadas en estos autos, constituye manifestación inequívoca y libre de su voluntad de poner término a su militancia en el Partido Por la Democracia, siendo antecedente suficiente para que este Tribunal se pronuncie sobre los efectos orgánicos de dicha renuncia, sin perjuicio de la acreditación registral definitiva que en su oportunidad efectúe el Servicio Electoral mediante el padrón actualizado o los comprobantes que voluntariamente entreguen los interesados.
TERCERO: DECLÁRASE EL CESE, a contar de esta fecha de don Cristóbal Ignacio Barra Catalán en el cargo de Segundo Vicepresidente Nacional, y de doña Bárbara Alexandra Sepúlveda Vera en el cargo de Cuarta Vicepresidenta Nacional, quedando ambos cargos vacantes dentro de la Mesa Directiva Nacional.
CUARTO: DECLÁRASE que, no existiendo dentro de la lista “Juntos al Futuro” candidatos no electos disponibles para proveer las vacantes señaladas, corresponde llenarlas con las dos mayores votaciones personales no electas de la “Lista de Todos”, de conformidad con el artículo décimo noveno del Reglamento de Elecciones Internas.
QUINTO: DECLÁRASE, en consecuencia, que asumen como integrantes de la Mesa Directiva Nacional, en calidad de Vicepresidentes Nacionales, por el período que resta del mandato 2026-2028, las siguientes personas: Doña Patricia Raquel Campos Inostroza – Quinta Vicepresidenta Nacional. Don Fernando Óscar Bórquez Uribe – Sexto Vicepresidente Nacional.
SEXTO: DISPÓNGASE que la Mesa Directiva Nacional determine o adecue el orden definitivo de precedencia de las Vicepresidencias Nacionales, de conformidad con el artículo vigésimo primero de los Estatutos del Partido, sin perjuicio de la precedencia provisoria fijada en el numeral anterior.
SÉPTIMO: NOTIFÍQUESE la presente resolución a don Cristóbal Ignacio Barra Catalán, a doña Bárbara Alexandra Sepúlveda Vera, a doña Patricia Raquel Campos Inostroza, a don Fernando Óscar Bórquez Uribe, a la Mesa Directiva Nacional vigente, y a la Secretaría General del Partido Por la Democracia.
OCTAVO: PUBLÍQUESE la presente resolución en la página web del Partido Por La Democracia.
NOVENO: DISPÓNGASE que, una vez acreditadas oficialmente las renuncias mediante el padrón actualizado que remita el Servicio Electoral o los comprobantes que voluntariamente entreguen los interesados, la Secretaría General remita a dicho Servicio los antecedentes necesarios para actualizar el Órgano Ejecutivo del Partido registrado mediante Resolución O-N.º 0247, de fecha 9 de julio de 2026.
PUBLÍQUESE lo resuelto la página web del Partido Por La Democracia.
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
