1.- El día 2 de octubre de 2020, un adolescente de 16 años, en circunstancias que participaba en una manifestación, fue arrojado al río por un efectivo de Carabineros de Chile.
2.- Este hecho reviste la mayor gravedad. Si bien corresponde a Carabineros de Chile mantener el orden público, lo anterior debe hacerse respetando el derecho de manifestarse sin permiso previo y cumpliendo estrictamente los protocolos de derechos humanos.
3.- La situación es aún más reprochable por cuanto afecta a un niño, cuyos derechos están asegurados por garantías reforzadas, en atención a su pertenencia a un grupo de especial protección. Así, la Convención sobre los Derechos del Niño, ratificada por Chile hace más de treinta años, obliga al Estado a respetar el derecho de niños, niñas y adolescentes a expresarse y reunirse libremente y lo protege de los malos tratos, torturas y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes.
4.- Lamentablemente, no se trata de un hecho aislado. Carabineros de Chile, con el aval del Ministerio del Interior y del propio Presidente de la República, ha sostenido una política represiva caracterizada por una actuación contraria a sus obligaciones legales y profesionales como institución encargada de la protección de la población.
5.- En dichas circunstancias, la responsabilidad política por este grave incumplimiento recae directamente en el General Director de Carabineros y en el Ministro del Interior.
6.- Por todo lo expuesto, los institutos de estudios firmantes rechazamos enfáticamente la actuación de las autoridades de gobierno y exigimos la destitución de don Mario Rozas como General Director de Carabineros y de don Víctor Pérez como Ministro del Interior; y llamamos al Congreso Nacional a hacer valer las responsabilidades políticas que les quepan en estos hechos.
Santiago, 03 de octubre de 2020